A- de 2003
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Juan Manuel Vargas Becerra Vs. Consejo De Justicia De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vulneración por omisión de análisis respecto de falta de legitimación del querellante
- Procedencia excepcional por vulneración del debido proceso
- Procedencia excepcional
- Presupuestos para declarar la nulidad
- Falta de legitimidad del querellante
- Formulación oportuna
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se declaró la nulidad de la Sentencia T-297/03 proferida por la Sala Cuarta de Revisión de Tutelas.
En el caso sometido a decisión, la solicitud de nulidad es oportuna pues se formuló antes de los tres días siguientes a la última notificación del fallo.
Incluso se presentó antes de que en el Juzgado se cumpliera la notificación de la citada Sentencia.
En consecuencia, se ordenó al Juzgado 14 Civil Municipal de Bogotá el envío del expediente de la tutela interpuesta por el ciudadano de la referencia contra la Sala Civil del Consejo de Justicia de Bogotá a esta Corporación para la emisión de la sentencia correspondiente.
Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Declarar la nulidad de la Sentencia T-297-03 proferida por la Sala Cuarta de Revisión de Tutelas el 11 de abril de 2003.
- Segundo. Comunicar la presente decisión al Juzgado 14 Civil Municipal y al Juzgado 40 Civil de Circuito de Bogotá.
- Tercero. Ordenar al Juzgado 14 Civil Municipal de Bogotá el envío del expediente de la tutela interpuesta por Juan Manuel Vargas Becerra contra la Sala Civil del Consejo de Justicia de Bogotá a la Corte Constitucional para la emisión de la sentencia correspondiente.
- Cuarto. Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.